El Protocolo de Femexfut para prevenir y atender la violencia de género: ¿cómo mejorarlo?
Por Paulina Madero Suárez
La violencia de género en el mundo del fútbol mexicano es una realidad latente. Desde hace algunos años, los medios de comunicación han puesto el foco en esta problemática, mediante la visibilización de casos de hostigamiento sexual en contra de jugadoras de la selección femenil sub 20,1 de violencia de género digital en contra de jugadoras del Club América y Tigres,2 así como otros testimonios de violencias graves y normalizadas.3 Estos casos reflejaron que existe un sistema de desigualdad que se sostiene en gran parte por instituciones deportivas, las cuales han sido omisas en establecer protocolos de denuncia adecuados, y apoyo a las víctimas de violencia.
En respuesta a esta problemática, el pasado 10 de julio de 2023 la Federación Mexicana de Fútbol (Femexfut) y la Liga BBVA MX presentaron su protocolo contra la violencia y a favor de la diversidad e inclusión (Protocolo Femexfut),4 en el que (según dichos de las propias asociaciones) se incluye una perspectiva de género y un enfoque de derechos humanos. Del análisis de dicho documento, se observa que en efecto existe tal perspectiva, lo cual es un gran avance para la deuda histórica que estas instituciones tienen con las mujeres y la población LGBTIQ+.5
Sin embargo, el Protocolo Femexfut también cuenta con diversas limitaciones relevantes. Primero, en cuanto a la prevención y protección de las personas afectadas y, segundo, que en realidad se trata de un protocolo modelo, con el que se busca invitar a los clubes a adoptar e implementar mecanismos de prevención y atención. Así, parecería que la Femexfut y la LIGA BBVA MX diseñaron un instrumento guía, de cumplimiento voluntario y no uno que efectivamente sea vinculante para los clubes afiliados. Veamos.
Es importante reconocer el avance que constituye la publicación del Protocolo Femexfut en el mundo del fútbol. Anteriormente, no se contaba con ningún protocolo, solamente se tenía un código de ética, que no se actualizaba desde 2017, en el que de manera general señalaba que no se toleraba la violencia.6 Así resulta relevante que hayan sido acompañadas por una organización experta en la materia.7 Esto se refleja de manera positiva al tener un instrumento especializado y con un enfoque de derechos humanos y una perspectiva de género. Por ejemplo, el instrumento incluye cuestiones como: i) un enfoque de género no binario en el que se protege a mujeres y a personas de la población LGBTIQ+;8 ii) enfatiza en la importancia de la no revictimización e, incluso, prohíbe figuras problemáticas como la mediación y conciliación en la atención a casos de violencias y discriminación9 (figura que aparentemente era la única existente en el marco normativo organizacional de la institución para atender estos casos;10) iii) establece la posibilidad de presentar denuncias anónimas y no señala un tiempo de prescripción para atenderlas.11
Ahora bien, si analizamos el alcance del instrumento y el impacto que podría tener encontramos un número de limitaciones para la protección y erradicación de las violencias y/o discriminaciones.
Primero, el Protocolo Femexfut tiene como primer objetivo el adoptar políticas de prevención como principal medida para abordar el acoso y el hostigamiento sexual.12 Si bien el documento establece que se deben de llevar a cabo sensibilizaciones y sesiones de capacitación, en ninguno de sus apartados se establece un mecanismo de prevención en el que se contempla implementar medidas específicas y ad hoc para la industria, las cuales se deberían monitorear y evaluar de manera periódica por un órgano de vigilancia.
Segundo, el Protocolo Femexfut establece que se aplicará para aquellos casos en los que se presenten conductas violentas dentro de las instalaciones de los clubes, en el marco de las actividades organizadas o supervisadas por los clubes y fuera de las instalaciones o a través de medios telefónicos, virtuales o de otro tipo, que estén contextualizados por relaciones laborales, deportivas y/o institucionales. Al respecto, el Protocolo Femexfut omite contemplar aquellas conductas que suceden en los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo. Esto, aun y cuando lo prevé el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Violencia y Acoso,13 y a pesar de que jugadoras han dado su testimonio sobre los riesgos que les implica el trayecto de los partidos por las noches y sus casas.14.
Tercero, el Protocolo Femexfut establece que el instrumento fue diseñado para prevenir, apoyar y colaborar con la Liga MX y sus clubes afiliados en el desarrollo de sus propios protocolos y, hace la invitación a los clubes para que lleven adelante un proceso de reforma institucional del futbol mexicano a favor de la cultura laboral y deportiva libre de acoso y hostigamiento sexual a través de tres etapas.15 La primera etapa consiste en que los clubes adopten el protocolo modelo. La segunda etapa, en que en el mediano plazo los clubes se preparen y capaciten para prevenir y adoptar las medidas efectivas para terminar con la violencia y en su caso aplicar una sanción. Finalmente, en la tercera etapa, que en el largo plazo los clubes evalúen el impacto de los cambios institucionales.16
Sin embargo, no se desprende que estas etapas se implementarán de manera progresiva, continúa y permanente, es decir que no se tiene un enfoque en el que se establezca que la reforma debe de estar en constante revisión para su mejoramiento y evolución. Tampoco se prevé la forma en que la Femexfut y la Liga BBVA MX van a monitorear y vigilar que efectivamente los clubes afiliados implementen sus reformas institucionales y, en su caso, establezcan las multas correspondientes en caso de que los clubes sean omisos. Esto, sin duda, puede llevar a la ineficacia e ineficiencia del protocolo, a que se reduzca a un documento guardado en un cajón.
Ahora bien, es relevante destacar que la Femexfut tiene la posibilidad de hacer de este protocolo modelo un documento vinculante ya que cuenta con la posibilidad de reformar sus estatutos para obligar a los clubes afiliados a implementar las etapas del Protocolo Femexfut y condicionar la afiliación a su cumplimiento so pena de la suspensión del club.17 También se podría reformar el reglamento de sanciones que tiene como objeto delimitar las bases sobre las cuales juzgar y sancionar las infracciones y/o violaciones a sus estatutos y reglamento, incluyendo sanciones a los clubes afiliados que no cumplan con la reforma institucional a través de multas.18
Esto no sería algo completamente novedoso en el ámbito del fútbol. En España, La Liga Nacional de Fútbol Profesional (La Liga) solicita como requisito a los clubes afiliados contar con un sistema de prevención de delitos para acabar con casos de corrupción y mala gestión y, en caso de no presentarse informes que acrediten la existencia del sistema, los clubes se encuentran imposibilitados de participar en futuras temporadas.19 Incluso, esta liga solicita a los clubes afiliados un informe de auditoría de terceras expertas independientes que acrediten la adopción y ejecución con eficiencia de los modelos.20 Si bien este modelo no se trata de prevención de violencia de género, sí resulta un modelo que podría adaptarse para hacer de la implementación de las etapas del Protocolo Femexfut y de la prevención y atención de violencias una realidad dentro de los clubes.
El Protocolo Femexfut es una acción necesaria para la erradicación de la violencia de género. Sin duda, su diseño con una perspectiva de género y su publicación es un paso importante para reconocer y hacer frente a la problemática. No obstante, es fundamental que el instrumento integre un enfoque más preventivo y se adapte a las necesidades de las jugadoras para ofrecer mayores protecciones. También, es momento que la Femexfut y la Liga BBVA MX se comiencen a mirar como agentes de cambio para la erradicación de las violencias, no sólo dentro del ámbito deportivo sino en la cultura mexicana. Las asociaciones de fútbol, como lo vemos en el caso de la liga española, cuentan con el poder político y jurídico para obligar a los clubes afiliados a llevar a cabo las reformas institucionales que consideran necesarias. En este caso, sería utilizar este poder para cumplir con más que una reforma institucional, sino con la deuda histórica que se tiene con los derechos humanos de las mujeres y la población LGBTIQ+.
1 Pereyra, B. “Futbol femenil: Detrás de las “actitudes indebidas”, el acoso y abuso de poder”, Proceso, 1 de agosto del 2022.
2 Mancera, D. “La violencia machista ‘expulsa’ de México a la futbolista Scarlett Camberos”, El País, 21 de marzo de 2023.
3 Estrada, A.; Loredo, R., y Camarillo, A. “Acoso en el fútbol femenil mexicano: la deuda histórica para las jugadoras de la Liga MX”, Animal Político, 24 de marzo de 2023.
4 FMF. “FMF y LIGA BBVA MX presentaron el nuevo protocolo contra la violencia y por la diversidad e inclusión”, 10 de julio de 2023.
5 Protocolo Modelo de la Federación Mexicana de Futbol Asociación A.C., Liga MX y Clubes afiliados para prevenir y sancionar el acoso y hostigamiento sexual y otras formas de discriminación en el ámbito laboral y deportivo del futbol mexicano. Consultado el 13 de julio de 2023.
6 ESPN. “Protocolo contra la violencia de género, promesa sin cumplir del futbol mexicano”, 23 de enero de 2023; Femexfut. Código de Ética, 2017.
7 FMF. “FMF y LIGA BBVA MX presentaron el nuevo protocolo contra la violencia y por la diversidad e inclusión”, 10 de julio de 2023; Somos Versus. “Quiénes somos”. Consultado el 13 de julio de 2023.
8 Protocolo Modelo de la Federación Mexicana de Futbol Asociación A.C., Liga MX y Clubes afiliados para prevenir y sancionar el acoso y hostigamiento sexual y otras formas de discriminación en el ámbito laboral y deportivo del futbol mexicano. Consultado el 13 de julio de 2023, p. 2.
9 Ibid, pp. 12-13.
10 Anteriormente se contaba con el Reglamento de la Comisión de conciliación y resolución de controversias, el cual omite completamente disposiciones relacionadas con la implementación medidas de protección a la persona denunciante y como si fuera poco también obliga a comparecer a una audiencia junto con persona denunciada para que lleguen a un acuerdo. Ver más: Femexfut. Reglamento de la Comisión de Conciliación y Resolución de Controversias. Artículos 22 y 23.
11 Protocolo Modelo de la Federación Mexicana de Futbol Asociación A.C., Liga MX y Clubes afiliados para prevenir y sancionar el acoso y hostigamiento sexual y otras formas de discriminación en el ámbito laboral y deportivo del futbol mexicano. Consultado el 13 de julio de 2023, p. 12.
12 Ibid, pp. 2-4.
13 OIT. Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la violencia y el acoso. Artículo 3, inciso f).
14 Estrada, A.; Loredo, R., y Camarillo, A. “Acoso en el fútbol femenil mexicano: la deuda histórica para las jugadoras de la Liga MX”, Animal Político, 24 de marzo de 2023.
15 Protocolo Modelo de la Federación Mexicana de Futbol Asociación A.C., Liga MX y Clubes afiliados para prevenir y sancionar el acoso y hostigamiento sexual y otras formas de discriminación en el ámbito laboral y deportivo del futbol mexicano. Consultado el 13 de julio de 2023, p. 2.
16 Ibid.
17 FMF. Estatuto Social 2023. Consultado el 14 de julio de 2023, Artículos 11, 12 y 12 Bis
18 FMF. Reglamento de Sanciones 2022-2023. Consultado el 14 de julio de 2023, Artículos 1, 6 y 7 fracción d)
19 Ministerio de Cultura y Deporte. Liga Nacional de Fútbol Profesional- Estatutos Sociales. 29 de junio de 2023, Artículo 55, 19.1.a). Del Rosal, P. “Los clubes de fútbol deben acreditar ‘compliance’ para inscribirse en la Liga”, El País. 28 de mayo de 2018.
20 Ibid.
Artículo originalmente publicado en Nexos, el 18 de julio de 2023.